Depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil

En Vázquez y Manchón queremos recordarte que el plazo de depósito de las cuentas anuales en el Registro Mercantil finaliza el 30 de julio, motivo por el que en Vázquez y Manchón ya estamos trabajando para ayudaros a realizar los trámites con agilidad.

Las cuentas anuales son los documentos contables que cualquier sociedad debe entregar de forma anual al Registro Mercantil. Esta documentación permite evaluar la situación financiera de la sociedad.

La actual legislación establece tres plazos para las empresas. Así, para una empresa cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, se establece que:

  • Hasta el 31 de marzo pueden formularse las cuentas anuales.
  • Hasta el 30 de junio la Junta General puede aprobar las cuentas anuales.
  • Si se han aprobado el 30 de junio, hasta el 30 de julio pueden presentarse las cuentas anuales en el Registro Mercantil.

La presentación del total de documentos que conforman las cuentas anuales de una empresa es de carácter obligatorio, conllevando diversas consecuencias negativas (entre ellas, sanciones) para las empresas que no las presenten. Por eso, la mejor opción es contar con un gestor de Vázquez y Manchón que os ayude a mantener la información actualizada y toda la documentación preparada para presentar debidamente las cuentas anuales de la empresa.

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