Comunidad de bienes para gestionar alquileres

Tabla de contenidos

Si tienes un local, vivienda o cualquier tipo de inmueble compartido con otras personas y queréis alquilarlo, la comunidad de bienes (Comunidad de Bienes) es una fórmula eficaz y sencilla para hacerlo. En esta guía explicamos, paso a paso, qué es una comunidad de bienes, cómo se constituye y cómo funciona su fiscalidad.

¿Qué es una comunidad de bienes?

Una comunidad de bienes es una agrupación de dos o más personas (físicas o jurídicas) que comparten la propiedad de un bien. En el caso de los alquileres, la CB sirve para gestionar de forma conjunta la explotación de inmuebles que son propiedad indivisa de los comuneros.

Ejemplo típico: dos hermanos heredan una vivienda y deciden alquilarla. En lugar de actuar individualmente, crean una comunidad de bienes.

Ventajas de una comunidad de bienes para alquiler inmuebles

  • Permite gestionar el alquiler desde una sola entidad.
  • Facilita la emisión de facturas y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
  • No requiere capital mínimo ni constitución compleja.
  • Es ideal para arrendamientos de locales u oficinas, donde hay que gestionar IVA y retenciones.

¿Cómo se puede constituir una comunidad de bienes?

  1. Contrato de constitución: indicar nombre, comuneros, objeto, domicilio, bienes aportados, porcentajes de participación y normas internas.
  2. Liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales.
  3. Solicitar el NIF de la Comunidad de Bienes en Hacienda.
  4. Darse de alta como arrendador (modelo 036/037).

Nota: no todos los comuneros deben darse de alta como autónomos.

Fiscalidad de la comunidad de bienes como arrendadora

Dependerá del uso del inmueble:

Si se alquila un local (uso distinto a vivienda):

  • La Comunidad de Bienes emite factura con IVA y, si procede, retención de IRPF.
  • Debe presentar modelo 303 trimestral (IVA) y modelo 390 anual.
  • Las rentas y retenciones se reparten según la participación de cada comunero mediante el modelo 184.
  • Cada comunero tributa por su parte en su declaración del IRPF o IS.

Si se alquila una vivienda:

  • Está exento de IVA y no hay retención.
  • No es obligatorio formalizar la comunidad de bienes si ya existe el condominio.
  • Cada propietario declara en su IRPF la parte proporcional de ingresos y gastos.

Si quieres más información sobre fiscalidad en comunidades de bienes, visita nuestro blog sobre este tema

Comunidad de bienes como arrendatarios como arrendadora

Si la Comunidad de Bienes alquila un local para su actividad:

  • Debe ingresar las retenciones a cuenta del arrendador.
  • Paga el IVA correspondiente.

¿Es adecuada una comunidad de bienes para tu caso?

Si buscas una forma simple y legal de gestionar alquileres compartidos, la comunidad de bienes puede ser la solución. Especialmente en arrendamientos con obligaciones fiscales como el IVA o IRPF, te ayuda a centralizar la gestión y cumplir con la normativa.

Si necesitas ayuda en la creación, gestión y fiscalidad de tu comunidad de bienes, puedes contactar con nuestros expertos en asesoramiento de comunidad de bienes