Los trabajadores por cuenta ajena que sean socios en sociedades mercantiles, los llamados autónomos societarios, ya tienen derecho a acogerse a la conocida como tarifa plana, hasta ahora solo reservada a aquellos autónomos que estuvieran dados de alta como personas físicas.
¿Qué supone la reducción de la cuota de los autónomos?
La tarifa plana, fue aprobada en 2013 y supone una reducción importante para los autónomos, pagando una cuota inicial durante el primer año de actividad de solo 60 €, los seis siguientes con una reducción del 50% de la base de cotización y los otros seis con una reducción del 30%. Tras estas reducciones, el autónomo pasa a abonar 290 € al año.
Las asociaciones de autónomos llevaban desde entonces reclamando la equiparación de condiciones en este sentido con otros colectivos de autónomos, ya que encontraban la medida discriminatoria para los autónomos societarios, además de frenarlos a la hora de iniciar la actividad.
Finalmente, la Tesorería General de la Seguridad Social, ha cambiado el criterio tras tres sentencias del Tribunal Supremo en contra. Así, la pasada semana emitió un comunicado en el que ordena que todas las nuevas solicitudes, tanto de personas físicas como de autónomos societarios se tramiten bajo el régimen de tarifa plana.
Este nuevo criterio, además de aplicarse a partir de ahora a todas las nuevas altas, también se aplicará a los Recursos de Alzada que estén pendientes de resolución, que serán estimados y a aquellos en los que hubiera recaído resolución denegatoria. Únicamente se procederá a su revisión si se solicita por los interesados.
Aunque se prevé una importante avalancha de reclamaciones, hay que tener en cuenta que, según la Ley General de la Seguridad Social, las reclamaciones por ingresos indebidos prescriben a los cuatro años; así, únicamente podrán reclamar las cotizaciones extra aquellos autónomos societarios que se dieran de alta después de septiembre de 2016.
En cualquier caso, las asociaciones de autónomos han acogido con satisfacción la medida.
En Vázquez y Manchón, contamos con la experiencia necesaria para asesorar a aquellos autónomos societarios que quieran realizar una reclamación a la Tesorería General de la Seguridad Social.