En este post te explicamos todo lo referente a la declaración del Impuesto de Sociedades (IS) que ha de presentarse en los primeros 25 días de este mes de julio (para sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural).
¿Qué es el impuesto sobre sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo personal y directo que grava la renta generada por las sociedades y otras entidades jurídicas que tengan su residencia en España.
Por lo tanto, este impuesto también se aplica a sociedades civiles con fines mercantiles, asociaciones y fundaciones, ya que grava a las personas jurídicas, a diferencia del IRPF que grava las rentas obtenidas por personas físicas.
El proceso de presentación generalmente implica recopilar información financiera y contable relevante, calcular los ingresos y gastos de la empresa, aplicar las deducciones y beneficios fiscales pertinentes, y completar el formulario oficial de declaración proporcionado por la Administración Tributaria.
El impuesto sobre sociedades, es un impuesto crucial para todos los autónomos que hayan constituido una sociedad, como las sociedades limitadas y anónimas, su gestión puede ser compleja y posiblemente necesites los servicios de una gestoría especialista en trámites con hacienda.
¿Por qué es importante la presentación de este impuesto?
La presentación del Impuesto sobre Sociedades es crucial porque permite a las empresas y entidades jurídicas informar a la Administración Tributaria sobre sus actividades económicas y los impuestos generados. Este impuesto grava la renta de las sociedades y otras entidades, y su declaración anual es fundamental para asegurar el cumplimiento fiscal y la transparencia financiera.
¿Qué documentación debo presentar junto a la declaración del impuesto sobre sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades (IS) es un tributo que grava la renta de las empresas y demás personas jurídicas residentes en territorio español. Se trata de un gravamen que se aplica a los beneficios que obtienen las sociedades mercantiles y otras entidades jurídicas. Es importante no olvidar que hay que presentar declaración del IS aunque no se hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no se hayan obtenido rentas sujetas al impuesto, como regla general.
¿Quiénes están obligados a presentar el impuesto sobre sociedades?
Son contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades las personas jurídicas en general (salvo las sociedades civiles sin objeto mercantil), que tengan su residencia en territorio español y, además, las siguientes:
- Sociedades Agrarias de Transformación.
- Agrupaciones de Interés Económico.
- Fondos de inversión.
- Uniones temporales de empresas.
- Fondos de capital riesgo (VC).
- Fondos de pensiones.
- Fondos de regulación del mercado hipotecario.
- Fondos de titulización.
- Fondos de garantía de inversiones.
- Comunidades titulares de montes vecinales.
- Fondos de Activos Bancarios.
¿Cuándo se presenta?
La declaración del IS ha de presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores a la conclusión del período impositivo, que a su vez coincide con el ejercicio económico de la sociedad. Esto significa que, por ejemplo, para sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo es el de los 25 primeros días naturales del mes de julio.
¿Qué documentación debo aportar?
La única forma posible y obligatoria de presentarlo es a través de Internet. De un lado, habrá que presentar el propio modelo anual del impuesto que incluye, entre otros:
- Período impositivo.
- Identificación del declarante.
- Objeto social de la empresa.
- Ejercicio económico.
- Código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) y epígrafe de licencia fiscal.
- Tipo de estados de cuentas
Junto a esta documentación, deberás incluir también:
- Relación de administradores
- Participación de personas de la entidad y/o de la entidad en otras entidades.
- Estados contables (balance de situación, cuenta de pérdidas y ganancias, estado de cambios en el patrimonio neto…).
Una vez completada la declaración, se presenta a la Administración Tributaria dentro del plazo establecido, que suele ser dentro de los seis meses siguientes al cierre del ejercicio fiscal de la empresa. Es importante cumplir con los requisitos legales y presentar la declaración de manera precisa y oportuna para evitar posibles sanciones o recargos
Desde Vázquez y Manchón queremos recordarte que estamos actualmente en plena campaña de tramitación del IS, y que podemos ayudarte con la documentación y la presentación de la declaración, para que no tengas ningún contratiempo.
¿Te ayudamos con la declaracion del IS?