La Seguridad Social mejora la protección de todos los trabajadores aislados

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Ante las últimas noticias sobre las medidas económicas anunciadas por el Gobierno para intentar mitigar las consecuencias del COVID-19, desde VÁZQUEZ & MANCHÓN queremos aclarar algunas de ellas.

Medidas por consecuencia del COVID-19

El martes 10 de marzo el presidente del Gobierno anunció medidas tales como el aplazamiento de algunos impuestos, el favorecer la flexibilidad laboral o aumentar la línea de crédito de las empresas, para paliar las posibles consecuencias económicas del COVID-19.

Además, se ha dado luz verde al Real Decreto-Ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan medidas para mejorar la protección de las personas trabajadoras afectadas por el COVID-19. En este sentido, tanto las personas en aislamiento preventivo como quienes se han contagiado del virus se consideran en situación de incapacidad temporal asimilada a la baja por accidente de trabajo.

Estas personas afectadas por el COVID-19, les supone una mejoría para su prestación, ya que pasan a percibir desde el día siguiente al de la baja laboral el 75% de la base reguladora, a cargo de la Administración y el resto hasta el 100% será a cargo de la empresa según determine el Convenio Colectivo Sectorial.

La asistencia sanitaria seguirá dependiendo del Servicio Público de Salud, NO de las Mutuas. Es importante saber que para poder acceder a la prestación económica se necesita estar de baja médica, no se asumen como casos de accidente de trabajo los procesos anteriores a la entrada en vigor del RD de fecha 11/03/2020 y para acceder a la prestación es necesario estar de alta en la seguridad social en la fecha previa al aislamiento o a la enfermedad.

Asimismo, el Consejo de Ministros ha aprobado la moratoria de las cotizaciones a la Seguridad Social correspondiente a tres mensualidades consecutivas, para empresas y trabajadores por cuenta propia, en las zonas geográficas y sectores que se determinen según orden ministerial. Estas cotizaciones podrán ser abonadas, en el plazo de un año, a contar desde su devengo sin recargos ni intereses.

Ante esta situación desconocida y cambiante, desde VÁZQUEZ & MANCHÓN nos comprometemos a mantener informados a nuestros clientes ante las posibles modificaciones que puedan darse en los próximos días, y le asesoraremos desde nuestra experiencia.