El Boletín Oficial del Estado publica la Ley que regula el teletrabajo

teletrabajo

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles la Ley que regula el TELETRABAJO.

Puntos más importantes de esta ley

  • El teletrabajo será al menos el 30 por ciento de la jornada (casi dos días, en una jornada de cinco).
  • El tiempo de vigencia será la duración que establezca el convenio, pero como máximo será de 3 años.
  • El trabajo a distancia deberá ser compensado por la empresa y no podrá suponer gastos al trabajador.
  • El trabajo a distancia será voluntario y reversible y requerirá la firma de un acuerdo por escrito.
  • Los empleados que trabajen a distancia tendrán los mismos derechos que los presenciales, entre ellos, el derecho a la formación.
  • La negativa de un trabajador no será causa de la extinción de la relación laboral ni de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo.
  • Las personas que trabajen a distancia desde el inicio de la relación laboral tendrán prioridad para ocupar una vacante libre de manera presencial.
  • Se deberá emitir un informe de evaluación de riesgos del puesto de trabajo, que alcanzará la zona habilitada para la prestación del servicio.
  • En ningún caso, la aplicación de la norma podrá perjudicar a las condiciones que vinieran disfrutando los trabajadores a distancia antes de la nueva ley.
    Las empresas tendrán 20 días contados desde su publicación en el BOE para adaptar sus condiciones a la nueva norma.

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