¿En qué consisten los pagos anticipados?
Actualmente, está siendo habitual, que la empresa proveedora pida anticipos a sus clientes. Normalmente, se exige un anticipo sobre el total de la factura o incluso por él importe total.
Principalmente, viene motivado para evitar la morosidad, algunas empresas también lo solicitan para obtener liquidez a corto plazo o cuando se ofrecen entregas de bienes o prestación de servicios de larga duración, por ejemplo, la construcción de una vivienda.
Ahora bien, es crucial comprender cómo funciona esta modalidad de pago y cuáles son las implicaciones fiscales que conlleva cuando se decide emitir una factura debido a un pago anticipado.
Cómo y cuándo facturar los anticipos a tus clientes
En cuanto a IVA, cuando se solicita a un cliente que realice un pago anticipado, por una parte, de la factura total o por el total de la factura, un error muy común es no incluir el IVA correspondiente en ese anticipo. Como norma general, La ley de IVA, establece el devengo del impuesto cuando tenga lugar la puesta a disposición al adquiriente (entrega de bienes) o cuando se presten, ejecuten o efectúen las operaciones gravadas (prestación de servicios). Para el caso en concreto de pagos anticipados, la Ley de IVA en el apartado dos del artículo 75 nos dice:
“las operaciones sujetas a gravamen que originen pagos anticipados anteriores a la realización del hecho imponible del impuesto se devengarán en el momento del cobro total o parcial del precio por los importes efectivamente percibidos”
Por lo tanto, cada vez que se solicite a un cliente un pago por adelantado, se deberá emitir la factura correspondiente con el IVA.
¿Qué ocurre cuando se producen pagos anticipados en operaciones de tracto sucesivo?
Para este caso tenemos un ejemplo muy claro, en concreto, los arrendamientos: En este caso se produce el devengo, como norma general, cuando resulte exigible el pago de cada percepción. En el caso de que se produzcan pagos a cuenta anteriores a la realización de las operaciones, se devengará el impuesto por el importe percibido por el arrendador. Por lo tanto, el arrendador deberá repercutir el IVA en su factura con arreglo al pago anticipado realizado.
En cuanto al Impuesto sobre Sociedades, la legislación, como norma general, establece que los ingresos y gastos se imputarán al periodo impositivo en que se produzca su devengo, con arreglo a la normativa contable, y con independencia de la fecha de su cobro o pago, respetando la correlación de ingresos y gastos.
¿Qué ocurre cuando se recibe una factura con anterioridad a la prestación del servicio?
Un ejemplo claro es la recepción de una factura de publicidad en la que el anuncio se publica al año siguiente de la recepción de esta.
Como hemos comentado con anterioridad, se imputará en el periodo impositivo en que se produzca el devengo. Con arreglo a la imputación temporal del gasto, derivado de un contrato de publicidad, deberá realizarse en el periodo impositivo en el que se reciba el servicio, es decir, cuando se publique el anuncio.
En el caso del Impuesto de Sociedades y el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF), podrás deducir el gasto una vez que lo hayas registrado contablemente.
No obstante, al elegir esta alternativa, es esencial que te asegures de cumplir rigurosamente con todos los requisitos legalmente previstos. Por eso, en Vázquez y Manchón, expertos en asesoría fiscal, contable y laboral con sede en Almería, estamos aquí para ayudarte con la planificación fiscal de tu pyme mediante los pagos anticipados, y, lo que es aún más crucial, para evitar posibles sanciones.