El permiso de paternidad

El permiso de paternidad es el período durante el cual un trabajador suspende su actividad laboral a causa de su paternidad. A continuación analizaremos las diferentes particularidades de este permiso.

¿Cuál es la duración?

Desde el 01/01/2017, el permiso de paternidad tiene una duración de 4 semanas ininterrumpidas, que son prorrogables en aquellos casos de parto, acogida o adopción múltiple; en concreto dos días más por cada uno de los hijos desde el nacimiento del segundo.

Esta medida se ha ido posponiendo durante los últimos años, aunque estaba ya contemplada en la Ley 9/2009, de 6 de octubre. Además, se encuentra suspendida por el momento la ampliación del permiso a las 5 semanas. Esta medida, fue propuesta por Ciudadanos, pero se encuentra actualmente sujeta a la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado de 2018.

En cuanto al organismo encargado de gestionar esta prestación, corresponde de forma exclusiva al INSS, pero también debemos tener en cuenta que los trabajadores que estén cotizando por cuenta ajena, pueden solicitar dos días más, cuyo cargo corresponde a la empresa, como contempla el Estatuto de los Trabajadores, o el convenio colectivo según el caso.

¿Cuál es la cuantía de la prestación?

La prestación por paternidad se determina según lo establecido para el subsidio de maternidad (lo que supone el 100% de la base reguladora en el inicio del período de descanso).

En el caso de los trabajadores por cuenta propia, desde el día 1 de marzo de este año, la base reguladora de las prestaciones por maternidad y paternidad, se obtiene dividiendo la suma de las bases de cotización de este régimen especial durante los 6 meses que precedan inmediatamente al comienzo de la prestación entre 180.

¿Qué requisitos son necesarios?

  • Estar dados de alta en la Seguridad Social.
  • Contar con una cotización mínima de 180 días en los 7 años anteriores a la fecha de inicio de la suspensión de la actividad, o 360 días durante toda la vida laboral.
  • En caso de pluriactividad, puede percibirse el subsidio para cada uno de los regímenes de la Seguridad Social en el que se cumplan los requisitos exigidos.
  • En situaciones de pluriempleo, el trabajador puede causar el subsidio en cada empleo, teniéndose en cuenta las bases de cotización correspondientes a cada una de las empresas o actividades, siendo de aplicación el tope máximo establecido.

¿Qué documentación debe presentarse? 

  • Solicitud del modelo oficial.
  • Fotocopia del DNI.
  • Certificado de empresa, en el caso de ser trabajador por cuenta ajena.
  • Libro de Familia o certificación de la inscripción del hijo en el Registro Civil.
  • Certificado de número de cuenta.
  • Declaración de situación de la actividad en el caso de ser trabajador por cuenta propia.

Los permisos por paternidad y maternidad experimentan cambios constantemente, por lo que recomendamos siempre acudir al asesoramiento de un profesional. En Vázquez y Manchón estaremos encantados de atenderte y ayudarte en tus gestiones.

 

 

 

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